Actualización sobre el Brexit: Aplazamiento de la contabilidad del IVA para las importaciones de la UE y de fuera de la UE

En caso de un Brexit sin acuerdo, el gobierno del Reino Unido ha anunciado que introducirá la Contabilidad del IVA Aplazado (PVA) para las importaciones tanto de la UE como de fuera de la UE realizadas por empresas registradas en el Reino Unido.

Esto permitirá a las empresas registradas a efectos del IVA declarar y recuperar el IVA de importación en sus declaraciones de IVA, en lugar de tener que pagarlo por adelantado y posteriormente recuperarlo en su declaración de IVA. 

¿Cómo funcionará esto?

No será necesario el registro para que los importadores utilicen PVA. La intención de utilizar PVA para una importación se declarará en la declaración aduanera.

Esto entrará en vigor el primer día de un Brexit sin acuerdo, aunque será opcional. El IVA podrá seguir pagándose por adelantado si el importador así lo desea. 

¿Qué comunicados se emitirán?

Los certificados C79 de IVA no se emitirán para las mercancías declaradas mediante PVA. En su lugar, los importadores recibirán mensualmente una declaración de IVA aplazado a través del servicio digital del gobierno. 

Este extracto indicará el IVA total aplazado del mes anterior para poder declararlo en la declaración trimestral del IVA. 

El gobierno publicará más detalles sobre este servicio a su debido tiempo. 

Una vez que recibamos más información sobre el PVA, nos pondremos en contacto con usted para darle más detalles. 

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