Actualización Brexit: Contabilización del IVA pospuesta para importaciones de la UE y fuera de la UE
En caso de un Brexit sin acuerdo, el gobierno del Reino Unido ha anunciado que introducirá la contabilidad del IVA pospuesta (PVA) para las importaciones tanto de la UE como de fuera de la UE realizadas por empresas registradas en el Reino Unido.
Esto permitirá a las empresas registradas a efectos del IVA declarar y recuperar el IVA de importación en sus declaraciones de IVA, en lugar de tener que pagarlo por adelantado y recuperarlo posteriormente en su declaración de IVA.
¿Cómo funcionará esto?
No será necesario registrarse para que los importadores utilicen PVA. La intención de utilizar PVA para una importación se declarará en la entrada en aduana.
Esto entrará en vigor desde el día 1 de un Brexit sin acuerdo, aunque será opcional. El IVA aún se puede pagar por adelantado si un importador así lo desea.
¿Qué declaraciones se emitirán?
No se emitirán certificados de IVA C79 para bienes declarados utilizando PVA. En su lugar, se pondrá a disposición de los importadores una declaración mensual del IVA de importación pospuesta a través del servicio digital del gobierno.
En esta declaración se indicará el total del IVA pospuesto del mes anterior para poder declararlo en la declaración trimestral de IVA.
El gobierno publicará más detalles sobre este servicio a su debido tiempo.
Una vez que recibamos más información sobre PVA, nos comunicaremos con usted para brindarle más detalles.